La regulación del uso religioso del té de Hoasca: Reflexiones en el Foro Interreligioso del G20

| 19 Septiembre, 2024

André Fagundes*

Foto: Leonardo Pauperio.

El Foro Interreligioso del G20 (IF20), plataforma mundial dedicada a promover el diálogo entre gobiernos, sociedad civil y organizaciones religiosas, se celebró en Brasilia-DF entre el 19 y el 22 de agosto de 2024. El objetivo del encuentro fue desarrollar propuestas que contribuyan a mejorar las políticas públicas, promover la paz, la sostenibilidad y el respeto a la diversidad religiosa en todo el mundo.

Reconociendo el papel fundamental que desempeñan las comunidades religiosas en la prestación de servicios esenciales de salud y educación, la asistencia a los necesitados, la prevención de conflictos y la construcción de la paz, el Foro se consolidó como un espacio indispensable para el intercambio de ideas y la búsqueda de soluciones conjuntas. Bajo el lema “No dejar a nadie atrás: el bienestar del planeta y sus gentes”, el encuentro reunió a líderes mundiales, ministros de Estado, académicos y líderes religiosos.

El Centro Espírita Beneficente União do Vegetal es una religión basada en las enseñanzas del Rey Salomón y de Jesús, que nos llegaron a través de su fundador, José Gabriel da Costa, Mestre Gabriel. La comunión de nuestro sacramento, que llamamos Hoasca o Vegetal, es estrictamente religiosa y sigue las leyes del país. Con esto, reconocemos la importancia del trabajo científico y jurídico en la regulación del uso del té.

Como investigador especializado en libertad religiosa, fui invitado a participar en este acto, en el que presenté modelos de dicha regulación.

Preparado a partir de una decocción de la parte leñosa de la liana mariri (Banisteriopsis caapi) con las hojas del árbol chacrona (Psychotria viridis), este té sagrado proporciona un estado ampliado de conciencia y ha sido utilizado tradicionalmente por los pueblos indígenas de la cuenca del Amazonas con fines religiosos y curativos desde tiempos ancestrales. La importancia del té de Hoasca en los países latinoamericanos es tan significativa que, en 2008, Perú declaró Patrimonio Cultural de la Nación los conocimientos y usos tradicionales del té de Hoasca, practicados por las comunidades nativas amazónicas.

Como se presentó en el IF-20, Brasil se ha convertido en un ejemplo en la escena mundial al elaborar una normativa pionera de uso religioso del Té Hoasca. Esta regulación fue elaborada por un Grupo de Trabajo Multidisciplinar (GMT), en el que participaron investigadores de diversos campos, como la antropología, la farmacología, la bioquímica, las ciencias sociales, la psiquiatría y el derecho, así como invitados del Consejo Nacional de Políticas sobre Drogas (CONAD) y representantes de los grupos religiosos que utilizan el té de Hoasca en sus rituales.

El resultado fue un modelo seguro y eficaz. Como dice el Mestre Asistente General Edson Lodi Campos Soares, entonces Vicepresidente del GMT: “Las deliberaciones se alcanzaron de forma consensuada, respetando las tradiciones religiosas y garantizando la seguridad y el bienestar de los practicantes, al tiempo que se preservaban el orden y la salud públicos, responsabilidades fundamentales protegidas por el Estado.”

Este amplio y cuidadoso debate culminó con la publicación de la Resolución nº 1 del CONAD, de 25 de enero de 2010, que consolidó las prácticas que garantizan el uso religioso adecuado y responsable del té de Hoasca en el país, coronando un proceso de legitimación que comenzó hace casi cuarenta años con la creación del primer Grupo de Trabajo del CONAD (en aquel momento, el Consejo Federal de Estupefacientes – CONFEN).

La Resolución nº 1/2010 del CONAD no sólo estableció reglas claras y juiciosas, sino que también se convirtió en una referencia para otros países que buscan equilibrar el respeto a las expresiones religiosas con la necesidad de garantizar la salud y la seguridad públicas, destacándose por su capacidad de integrar múltiples saberes y perspectivas.

Durante la presentación, también se destacó la decisión del Tribunal Supremo de los EE.UU. que, tras una exhaustiva investigación, reconoció por unanimidad el derecho de la União do Vegetal a administrar su sacramento religioso a través del uso del Té Hoasca en sus Sesiones espíritas en aquel territorio. Esta decisión histórica dio lugar a la formalización de un acuerdo entre el gobierno estadounidense y la UDV, estableciendo un modelo de regulación que, a lo largo de casi 20 años, ha demostrado ser altamente eficaz. Por medio de este acuerdo, las importaciones de Vegetal se realizan bajo la supervisión de la Drug Enforcement Administration (DEA), sin que se registren daños a la salud o desvíos para usos recreativos o comerciales. La precisión y eficacia de este modelo de acuerdo individual ha sido tan notable que Canadá ha seguido su ejemplo, permitiendo que los envíos internacionales y los rituales religiosos se realicen de forma ordenada y controlada.

Sin embargo, el ejercicio del derecho a la libertad religiosa para los miembros de la União do Vegetal en algunos países europeos sigue siendo un reto. La UDV, de fundamento cristiano-reencarnacionista, cuenta con unos 23.000 miembros de más de 60 nacionalidades. A lo largo de los años viene desarrollando su labor religiosa en 11 países y ha sufrido discriminación en algunos países europeos, impidiéndosele injustamente registrarse como organización religiosa e incluso la comunión de su sacramento -el Té Hoasca-, en violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El uso del Té Hoasca es indispensable para la realización del ritual religioso, ya que ayuda a la concentración mental de los miembros, permitiendo el contacto con lo Sagrado y facilitando la comprensión de las enseñanzas espirituales de la União do Vegetal.

Durante la presentación, se hizo hincapié en que, aunque hay terceros que utilizan el té de forma recreativa e inapropiada, es necesario separar la cizaña del trigo y no confundir el uso inadecuado con el uso sacramental y seguro promovido por la União do Vegetal. Penalizar a una institución religiosa seria, con una trayectoria de más de seis décadas de respeto a la ley y que realiza sus rituales religiosos de forma sincera y responsable, conducidos por personas debidamente formadas, es una grave afrenta a la libertad religiosa.

En conclusión, se subrayó que la normativa brasileña y el modelo de acuerdos adoptado por EE.UU. y Canadá son casos de éxito de cómo el Estado puede garantizar eficazmente tanto la libertad religiosa como la salud y la seguridad públicas.

*André Fagundes es Vicedirector del Área Internacional del Departamento Jurídico de la Dirección General, miembro del Cuerpo del Consejo del Núcleo Samaúma, 3ª Región, y profesor de postgrado en Derecho Religioso.